El separador de hidrocarburos Clase II de 200 litros retiene los hidrocarburos ligeros (gasolina, gasóleo, aceites minerales) presentes en el agua de escorrentía de aparcamientos, talleres y superficies pavimentadas. La Clase II garantiza una concentración en el efluente inferior a 100 mg/L, el nivel exigido por la mayoría de ayuntamientos para el vertido a la red de saneamiento municipal.
Con sus dimensiones de L1.000 × A635 × H675 mm, es uno de los modelos más compactos de la gama: ideal para aparcamientos privados de hasta 15-20 plazas, pequeños talleres de reparación de vehículos y lavaderos particulares con vertido a colector municipal.
Especificaciones técnicas
| Capacidad | 200 Litros |
| Clase | II (< 100 mg/L hidrocarburos en efluente) |
| Medidas | L1.000 × A635 × H675 mm |
| Material | Polietileno de alta densidad (PEAD) |
| Norma | EN 858-1 / EN 858-2 |
| Garantía | 3 años |
Clase II frente a Clase I: ¿cuál necesitas?
| Característica | Clase II (este modelo) | Clase I |
|---|---|---|
| Concentración en efluente | < 100 mg/L | < 5 mg/L |
| Punto de vertido típico | Red de saneamiento municipal | Cauce público / zona sensible |
| Filtro de coalescencia | No incluido | Incluido |
| Coste | Menor | Mayor |
La Clase II es suficiente en la mayor parte de los casos urbanos donde el vertido final va a la red de alcantarillado. Si el efluente vierte directamente a un río, acuífero o zona protegida, la normativa exige Clase I.
Sectores de aplicación
- Aparcamientos privados y comunitarios de hasta 20-30 plazas con vertido a colector municipal.
- Talleres de reparación de vehículos con caudal de escorrentía reducido.
- Lavaderos privados de vehículos en chalets, comunidades o pequeñas empresas.
- Industrias ligeras y naves con superficies pavimentadas y vertido a alcantarilla.
- Comunidades de propietarios con garaje y obligación municipal de separador.
Normativa y certificación
Fabricado bajo la norma europea EN 858-1 (principios de diseño, fabricación y ensayo) y EN 858-2 (selección de tamaño nominal, instalación, uso y mantenimiento). El tamaño nominal se calcula según el caudal de diseño de la cubierta o superficie drenada y la intensidad de lluvia local.
Mantenimiento
En aparcamientos de uso normal, la revisión anual suele ser suficiente. En instalaciones con tráfico intenso o derrames frecuentes, cada 6 meses. El vaciado debe realizarlo una empresa gestora de residuos autorizada que proporciona el certificado de gestión exigido por la normativa medioambiental.


Código: GDR-V00050